Objeciones de la música a la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual
Quieren modificar el artículo 147 de la ley de Propiedad Intelectual de tal manera que ahora podrán existir entidades de gestión CON ÁNIMO DE LUCRO. Perfecto. Si ya tuvimos problemas de gestión arbitraria de fondos con la entidad que era SIN ánimo de lucro, imaginaros lo que podría ser CON ánimo de lucro. Podrían gestionar derechos de autor indirectamente, con el redactado nuevo que están haciendo, hasta bancos, televisiones o plataformas tecnológicas. Podrán también entonces marcar las comisiones que se llevarán por hacerlo puestos que no se establecen límites ni se especifica nada. Las operaciones de coerción y chantaje, que tan bien conocemos los músicos en nuestra profesión, estarán a la orden del día. Te dirán: o aceptas mis condiciones o no sales en mis medios. Más parásitos y proxenetas para nuestra profesión, en la que siempre ha habido mucho intrusismo. Tal como está redactado el anteproyecto de reforma, podría incluso recabar esos derechos un banco, poniendo sus recursos económicos y su red de oficinas al servicio de una empresa creada «ad hoc». Menudo negocio y premio para los bancos, precisamente después de ver como se han comportado con la crisis o con las preferentes. Encima, seríamos el único país de Europa que haría tal cosa, yendo contra la corriente general europea de defensa del derecho de autor.
Quieren modificar el artículo 31 de ley de Propiedad Intelectual de una manera chapucera para que, si el gobierno ha de pagar la compensación por copia privada de los presupuestos, ésta sea tan pequeña y hayan vaciado tanto de contenido el concepto de copia privada (en contra de la normativa europea al respecto) que no tengan que pagar casi nada.
Los músicos ya dijimos en su momento que eso lo tenía que pagar la industria tecnológica de entre sus beneficios y no nuestros conciudadanos. Ha sido impresentable perdonarles entre 70 y 150 millones de euros a la Industria tecnológica y quitárselos a los autores, para que luego la industria no baje los precios de sus productos.
Se equivocaron. Lo cargaron a presupuestos públicos y luego no tenían dinero para pagarlo. Ahora, en una operación propia de guardería o de colegio mas que de políticos responsables con visión de futuro, no se les ocurre otras cosa que modificar la ley para EXCLUIR DEL CONCEPTO DE COPIA PRIVADA cosas tan obvias como las GRABACIONES DE PELÍCULAS POR TELEVISIÓN o las habituales COPIAS A PARTIR DE UN CD ORIGINAL o también, por supuesto, nada menos que las COPIAS REALIZADAS A PARTIR DE INTERNET. Todo para no tener que pagar.
No se dan cuenta que infringen la normativa de convergencia europea a ese respecto desde diciembre de 2011, destruyen jurídicamente en España el concepto de derecho de autor y propiedad intelectual y benefician a unas empresas que ni pagan impuestos aquí, ni crean puestos de trabajo. Destruir la ley y la seguridad jurídica para no pagar sus propias meteduras de pata es infantil.
Quieren modificar el artículo 150 de ley de Propiedad Intelectual para eliminar la legitimación que nos permitía a los autores reclamar nuestros derechos en los tribunales de una manera global a través de una entidad de gestión. Ahora, para reclamar tendremos que llevar al juez, uno por uno, todos los contratos de nuestras obras, cosa imposible para la economía de escala del autor individual.
En el nuevo redactado que quieren colar, nada dice a ese respecto de que hayan de seguir los mismos pasos las entidades CON ánimo de lucro.
Con lo cual, se da en el texto la aberración suprema de penalizar a las entidades que lo hagan SIN ánimo de lucro y favorecer a las que lo hagan CON. Lo más contrario a la justicia y la equidad.
Otros inmensos despropósitos del anteproyecto son cómo quieren modificar el artículo 157 para que las discotecas paguen menos derechos de autor según tengan beneficios o no. Vamos a ver ¿obligan acaso a la coca cola o a los proveedores de ginebra a cobrarles menos por su bebida si la discoteca va mal? ¿verdad que no? ¿Entonces por qué a los autores sí? Y por decreto. Sería una agravio comparativo anticonstitucional.
Algo parecido proponen en la disposición adicional segunda donde pretenden que las televisiones públicas debería pagar menos derechos de autor por ser un servicio público. Que paguen sus servicios de agua, luz y gas a grandes empresas con precios de mercado eso, curiosamente, no lo discuten. Discuten precisamente que paguen sus derechos legítimos a los autores. Las televisiones públicas europeas entienden que la cultura merece una protección prioritaria precisamente de lo público y jamás proponen iniciativas como estas para apropiarse de los derechos de los autores. Hacen todo lo contrario y apoyan a sus autores.
En fin, que todo el anteproyecto en general es un esperpento redactado por alguien que desconoce la realidad práctica de nuestra industria cultural y que se va a cargar lo poco que tenemos, porque no sabe lo que hace al no saber lo que deshace. Y, lo peor, es que se lo va a cargar en beneficio de cuatro empresas, dejando un erial cultural de empobrecimiento profesional, tierra quemada, para muchos años.
(Este texto se está moviendo por redes sociales por varios músicos con la mosca detrás de la oreja… Internet ya puso hace unos días el grito en el cielo)
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